Anilú Tejeda, abogada de profesión, cuenta con maestría en derecho, especialización en seguros y derecho corporativo; actualmente se desempeña como Corporate Management Director de Chubb Digital Services y participa activamente en el Centro Mexicano Pro Bono, A.C., dando asesorías y opiniones con la finalidad de facilitar el acceso a la justicia social.
El tiempo es un recurso no renovable, por lo que llegar a los 60 años, o más, se convierte en un privilegio, pues brinda experiencia, aprendizaje, enseñanza, aventuras y decisiones, haciendo que estos años merezcan ser analizados. En una época en donde el mundo gira con prisa, sin detenimiento para observar detalles, con grandes sucesos mundiales y poco tiempo para detenerse a pensar sobre envejecer con conciencia, dignidad, autonomía y sentido, vale la pena resaltar un día como hoy.
El 14 de diciembre de 1990, en la resolución 45/1061 la Asamblea General de las Naciones Unidas designó el día 01 de Octubre como el Día Internacional de las Personas de Edad. Este día tiene como objetivo reconocer la contribución de las personas de edad al desarrollo de la sociedad y promover los derechos humanos así como el bienestar de las personas de edad en todos los aspectos de la vida. Se considera a las personas de edad, quienes tienen 60 años en adelante. Gracias a este día se hace notaria la rapidez y complejidad que conlleva el fenómeno del envejecimiento de la población a nivel mundial, tanto en aspectos culturales, de bienestar, autonomía, salud, dignidad, laborales, entre otros. Sin embargo, en este día más que el simple hecho de “reconocerlo”, se debe crear conciencia social sobre la urgente y vital necesidad de proteger y promover los derechos de las personas de edad, así como considerar la contribución que estas pueden o deben hacer a la sociedad, no solo en México, sino en todo el mundo.
De acuerdo con el estudio realizado por la ONU, titulado “World Population Prospects 2024”2, o bien, Perspectivas de la Población Mundial 2024, se estima que a finales del año 2070 la población a nivel mundial de 65 años o más alcance los 2.200 millones, superando en número a los menores de 18 años. Y, conforme las cifras analizadas por la Organización Mundial de la Salud con datos al 01 de Octubre de 2024, por lo menos en el año 2030 se tendrá que, una de cada seis personas a nivel mundial tendrá 60 años o más. Por lo que, considerando estos datos y que la población menor a 60 años no superará en cantidad a la población de las personas de edad, este día sirve para promover, trabajar, fortalecer y aplicar en el día a día algunos de los principios establecidos por la Asamblea General de la ONU en la resolución 46/913, en favor de las personas de edad “para dar más vida a los años que se han agregado a la vida”, como lo son, sin limitar:
- Acceso a la alimentación, agua, vivienda, vestuario y atención de salud.
- Trabajar y tener acceso a nuevos ingresos.
- Poder residir en su propio domicilio por tanto tiempo como sea posible.
- Poder disfrutar de cuidados y la protección de la familia y la comunidad de conformidad con el sistema de valores culturales de cada sociedad.
- Poder participar en la determinación de cuando y en qué medida dejarán de desempeñar actividades laborales.
- Acceso a servicios sociales y jurídicos que les aseguren mayores niveles de autonomía, protección y cuidado.
Bibliografía.
1. Organización de las Naciones Unidas (14 de diciembre de 1990). VI. Resoluciones aprobadas sobre la base de los informes de la Tercera Comisión. 45/106. Ejecución del Plan de Acción Internacional Sobre el Envejecimiento y actividades conexas. Pág 209-211. Recuperado de: https://docs.un.org/es/A/RES/45/106
2. Organización de las Naciones Unidas (2024). World Population Prospects 2024. Recuperado de: https://population.un.org/wpp/
3. Organización de las Naciones Unidas (16 de diciembre de 1991). Asamblea General- Cuadragésimo sexto periodo de sesiones. 46/91. Ejecución del Plan de Acción Internacional sobre el Envejecimiento y actividades conexas. Pág 179-180. Recuperado de: https://docs.un.org/es/A/RES/46/91
Anilú Tejeda, Chubb
