Anahí Serrano es abogada con más de 16 años de experiencia en derecho corporativo, migratorio y laboral. Destaca por su compromiso social como coordinadora del Comité Pro Bono de Cannizzo, consejera en el Centro Mexicano Pro Bono y colaboradora en la Asociación Italiana de Asistencia. En 2023, fue reconocida por Best Lawyers en la categoría “Ones to Watch”.
Introducción.- El 28 de octubre de 2025, la activista Samara Martínez, paciente con insuficiencia renal crónica y lupus, presentó ante el Senado de la República una iniciativa de reforma a la Ley General de Salud conocida como “Ley Trasciende”, con el propósito de legalizar la muerte digna para pacientes con enfermedades crónicas en fase terminal. Esta propuesta ha reavivado el debate sobre los límites de la autonomía personal, la dignidad humana y el rol del Estado en la regulación del final de la vida.
Más allá de su componente médico y ético, la iniciativa tiene profundas implicaciones en materia de derechos humanos, especialmente en el reconocimiento a la dignidad humana y autonomía personal, el derecho a la salud y la prohibición de tratos crueles e inhumanos como ejes fundamentales del marco constitucional mexicano.
De qué hablamos cuando decimos de “muerte digna”.- En nuestro país, la idea de una muerte digna suele confundirse con la eutanasia.
Desde 2008, la Ciudad de México cuenta con la figura de la voluntad anticipada, un mecanismo que permite rechazar tratamientos que prolonguen artificialmente la vida y optar por cuidados paliativos. Este instrumento se ha extendido ya a cerca de 20 entidades federativas, aunque con diferencias locales. Sin embargo, ninguna de estas leyes autoriza causar activamente la muerte; regulan el “cómo quiero ser tratado” en el final de la vida, no “cuándo morir”.
La “Ley Trasciende” propone dar un paso más: legalizar la eutanasia activa y el suicidio asistido para pacientes con enfermedades terminales o crónico-degenerativas discapacitantes, bajo un esquema regulado, voluntario y supervisado.
La iniciativa plantea requisitos estrictos: mayoría de edad, capacidad mental comprobada, dictámenes médicos coincidentes, manifestación de voluntad ante notario y un periodo de reflexión antes de ejecutar la decisión. Además, reconoce la objeción de conciencia del personal médico, pero obliga al Estado a garantizar equipos disponibles para quien decida ejercer su derecho.
La Ley Transciende y la perspectiva de los derechos humanos involucrados.- Desde una perspectiva de derechos humanos, la propuesta toca tres ejes fundamentales:
- a) Dignidad humana y autonomía personal
El derecho a la dignidad implica la facultad de cada persona de decidir sobre su propia vida, incluyendo el modo en que enfrenta la enfermedad y el sufrimiento. Este principio, reconocido en el artículo 1º constitucional y en tratados internacionales, obliga al Estado a respetar la libertad de elección y el libre desarrollo de la personalidad.
- b) Derecho a la salud
El acceso a cuidados paliativos y a decisiones informadas sobre tratamientos forma parte del derecho a la salud. No garantizar opciones dignas al final de la vida puede considerarse una omisión estatal que afecta la integridad física y emocional del paciente.
- c) Prohibición de tratos crueles e inhumanos
Obligar a una persona a prolongar su sufrimiento sin alternativas médicas o legales podría interpretarse como una forma de trato inhumano, contrario a los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que privilegia el bienestar y la voluntad del paciente en situaciones extremas.
Retos legislativos y sociales. Pese a su fundamento ético y de derechos humanos, la “Ley Trasciende” enfrenta retos significativos. En el plano jurídico, se requeriría una reforma integral que armonice el marco penal con la Ley General de Salud y establezca protocolos de consentimiento informado, control médico y salvaguardas éticas.
En el plano social y cultural, el debate sobre la muerte asistida continúa marcado por posturas religiosas y morales divergentes. Por ello, la discusión legislativa deberá centrarse en conciliar el pluralismo ético con el respeto a los derechos fundamentales, garantizando que la regulación se base en el principio de autonomía, no en la imposición de creencias.
Conclusión.- La iniciativa de la Ley Trasciende representa una oportunidad para replantear el concepto de salud y dignidad en México, avanzando hacia una legislación que reconozca el derecho a una muerte libre, informada y sin sufrimiento innecesario.
Más allá del debate moral, la propuesta invita a reflexionar sobre qué significa vivir con dignidad y morir con libertad, dentro de un Estado que se compromete, ante todo, con la protección integral de los derechos humanos.
Anahí Serrano, Cannizzo
